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Una de las administraciones públicas más importantes es la Agencia Tributaria. Como tal, su importancia radica en la seriedad de sus funciones y en las obligaciones que los ciudadanos tenemos con hacienda. Ofrece como otras, realizar las gestiones de forma telemática, simplificando los tareas administrativas que de otra forma sería más costoso y prolongado en el tiempo.
En el sitio web tenemos una serie de trámites destinados a las personas físicas que no tienen actividades económicas. Así pues, podemos gestionar entre otras gestiones, las siguientes:
- Declaración de la Renta y del Patrimonio: la presentación de estos impuestos tiene unos plazos que cumplir y están regulados por unos requisitos económicos.
- Prestaciones de Maternidad o Paternidad ( Sentencia Tribunal Supremo): en este trámite podemos solicitar la rectificación del IRPF en las solicitudes de las prestaciones de maternidad o paternidad.
- Mínimos, reducciones y deducciones en el IRPF: El mínimo personal y familiar constituye aquella parte de la renta que, por destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente, no se somete a tributación por el IRPF. El usuario puede solicitar trámites como deducciones por familia numerosa, discapacidad, maternidad,...
- Vivienda: las deducciones por vivienda son trámites muy diversos. En este apartado conviene documentarse y visualizar todas las normativas vigentes, ya que algunas gestiones se amparan en Leyes y varían de unas comunidades a otras.
- Entidades en régimen de atribución de rentas: El régimen de atribución de rentas es un régimen especial, donde las rentas obtenidas por determinadas entidades o sociedades, que no tributan por el Impuesto sobre Sociedades, tributan en función de la imposición personal de sus miembros: IRPF, IS o IRNR, según que los socios, comuneros o partícipes sean contribuyentes o sujetos pasivos de cada uno de estos impuestos. Las entidades en régimen de atribución de rentas que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales deberán presentar durante el mes de enero de cada año una declaración informativa (modelo 184).
- Personas con discapacidad: las personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33% tienen una serie de trámites de exenciones fiscales tales como deducciones por adquisición o adecuación de la vivienda habitual, beneficios fiscales en el IVA o medios de transporte, deducciones autonómicas,...
- Retenciones a cuenta del IRPF: las retenciones son cantidades que se detraen al contribuyente por el pagador de determinadas rentas, por estar así establecido en la ley, para ingresarlas en la administración tributaria como “anticipo” de la cuota del Impuesto que el contribuyente ha de pagar.
- Vehículos: diferentes colectivos de la ciudadanía, tienen ventajas fiscales en la adquisición o adaptación de sus vehículos.
- No residentes y trabajadores desplazados: Los trabajadores por cuenta ajena que vayan a adquirir la condición de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes como consecuencia de su desplazamiento al extranjero por su empresa, podrán comunicar a la Administración tributaria dicha circunstancia. Así mismo, la declaración de la renta está disponible para las personas no residentes en España con o sin establecimiento estable.
- Trámites Electrónicos: en este apartado podemos tener acceso al cotejo de documentos por el código de verificación segura, consulta de expedientes con fecha posterior al 01/01/2010, presentar y consultar declaraciones, contestar requerimientos, modificar datos censales. ….
- Certificados Electrónicos: el usuario accede a través de estos certificados a su situación tributaria, tales como el certificado de renta, de imputaciones, censales, ..
- Limitación de pagos en efectivo: la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, establece la limitación de pagos en efectivo respecto de determinadas operaciones.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá dirigirse indistintamente contra cualquiera de ellos o contra ambos.
- Premios Literarios, artísticos y científicos exentos en IRPF: En el archivo adjunto podemos consultar los premios exentos en IRPF a nivel nacional.
- Censos, NIF y domicilio fiscal: En el ámbito de competencias del Estado, corresponde a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la formación y mantenimiento de los censos tributarios y registros definidos reglamentariamente. No obstante, cada Administración tributaria puede disponer de sus propios censos tributarios, a efectos de la aplicación de sus tributos propios o cedidos. El usuario puede realizar en este trámite la modificación o consulta de los datos fiscales o formalizar el alta del domicilio para notificaciones.
- Residentes con rentas extranjeras: Si una persona física es residente fiscal en España será contribuyente por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y deberá tributar en España por su renta mundial, es decir, deberá declarar en España las rentas que obtenga en cualquier parte del mundo, sin perjuicio de lo que se disponga en el Convenio para evitar la doble imposición internacional suscrito entre España y el país de origen de la renta. Si la renta extranjera procede de un país con el que España ha suscrito un Convenio para evitar la doble imposición internacional, hay que acudir a las disposiciones del Convenio para conocer la potestad tributaria sobre la misma y, en su caso, las medidas aplicables para paliar la doble imposición.
La hacienda estatal ofrece a los ciudadanos una infinidad de trámites telemáticos a los cuales se accede mediante certificado digital, DNI electrónico, sistema cl@ve, clave pin o número de referencia. Muchos de estos trámites pueden realizarse en los centros Guadalinfo, siempre con la supervisión en cuanto a conocimientos tenga el AIL y apostando por la responsabilidad del usuario cuando un trámite queda registrado o presentado. Pero hay otra tipología de trámites muy específicos y complejos, donde se necesita saber mucho sobre el tema. E incluso manejando normativas y leyes, debemos tener cuidado y no ir más allá de lo que sabemos. Hay que dejar muy claro cual es nuestro papel, meramente informativo y sólo cuando dominamos el contenido o nos hemos informado concienzudamente sobre el tema, podremos asesorar al usuario en sus gestiones y siempre bajo su responsabilidad. Nuestra labor debe ser más formativa o informativa en este caso.
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Centro
Área
Participación ciudadana Digitalización empresarial E-Administración
Duración
38 horas
Fecha de inicio
mié, 01 de marzo de 2023
Fecha de finalización
vie, 31 de marzo de 2023
Horario