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El pasado 16 de diciembre, Amazon España batió el récord de mayor número de pedidos en 24 horas. En tan sólo un día se vendieron más de 130.000 productos, lo que viene a ser unas 91 unidades por minuto según cifras oficiales proporcionadas por la compañía. No es casualidad de que haya sido precisamente ese día: todos sabemos que la Navidad es una de las épocas en las que más se compra.Sin embargo, el hecho de que Amazon haya conseguido tal volumen de pedidos (por desgracia no tenemos los datos de otras tiendas online para comparar, aunque seguramente mostrarían picos similares respecto a su actividad normal), nos permite llegar a una conclusión: cada vez se compra más online. Y, cuando hablamos de juguetes y al igual que nos ocurre cuando compramos físicamente, nos toca hacer una elección: ¿es mejor optar por una juguetería especializada o por un centro comercial “online” que venda un poco de todo?El papel de Internet en la compra de juguetesEn 2012, IAB y la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes realizaron un estudio en el que se analizó el rol de Internet a la hora de comprar juguetes con algunas conclusiones interesantes. Por ejemplo, y mientras que el 78% de los encuestados reconoció haber consultado información sobre juguetes en los tradicionales catálogos en papel, Internet se situó en segundo lugar (con un 64%). La opción presencial, el visitar las propias jugueterías, se quedó en una tercera posición con un 59%.Con esto ya vemos que los padres sí que se informan sobre juguetes en la red, pero ¿también compran allí? Bastante menos: sólo el 23% de los que consulta información sobre esto utiliza Internet con este fin. Curiosamente, otro 36% afirma no comprar juguetes pero sí otros tipos de artículos. ¿Por qué? Las principales razones que alegan los no compradores es que prefieren ver y tocar los juguetes (44%), que prefieren ir a una tienda (25%), que prefieren que sus hijos los vean o los toquen (14%) y que Internet no ofrece garantías ni seguridad (14%).El comprar algo por Internet tiene precisamente esa desventaja: que no puedes verlo ni tocarlo. Sin embargo, reconozco que me han sorprendido estos resultados cuando el showrooming (mirar/probar/tocar algo en tienda física y comprarlo después más barato online) está a la orden del día y es uno de los grandes desafíos a los que se está enfrentando las tiendas tradicionales frente a las tiendas online. En un estudio de IBM se afirmaba no hace mucho que este hábito afecta al 50% de las compras online.¿Dónde compramos?Volviendo al estudio de IAB, a los que confesaron comprar otros objetos pero no juguetes por Internet les preguntaron en qué tiendas comprarían, de hacerlo, este tipo de artículos. La respuesta pareció bastante consensuada: el 73% optarían por webs de tiendas de juguetes, 43% de ellos aceptarían comprar en webs de grandes superficies y el 24% en webs de fabricantes o marcas de juguetes (no suman 100%, obviamente, porque uno puede elegir varios sitios donde compraría).Sin embargo, esto no coincide exactamente con las tiendas que eligen los que sí deciden comprar juguetes por Internet. Entre los encuestados, la mayoría optó por El Corte Inglés (32%), seguido por Imaginarium (14%), Disney (12%), Lego (12%) y Carrefour (11%).Respecto a estos datos, una pequeña apreciación: proceden de Octubre y Noviembre de 2011 (pese a que se publicaran en 2012). Amazon abrió su sucursal en España en septiembre de 2011 por lo que parece lógico que no esté presente en el ranking. Estaría bien analizar uno más actual, pero por ahora no hay cifras de este tipo.Jugueterías especializadas vs. centros comercialesEl comprar los juguetes online en la tienda de una gran superficie o en una tienda online generalista tiene sus ventajas. Por ejemplo, suele tener un catálogo, en general, más amplio. El tener más recursos les permite ser más competitivos, lo que se traduce a precios habitualmente más ajustados y ventajas en la logística (por ejemplo, envíos gratuitos o simular, como fruto de acuerdos con las agencias de mensajería).Las tiendas especializadas, sin embargo, también tienen mucho que aportar en el proceso de compra. Habitualmente, al estar centradas en un único tipo de juguete, puede poseer más variedad dentro de esa categoría que una gran superficie, donde en general hay un poco de todo. Además, pueden sacar partido de ser expertos en esa materia en concreto: mejores descripciones, mejor información… Hasta los comentarios pueden aportar más.Mientras que estas jugueterías especializadas pueden proporcionarte una atención personalizada (y lo más seguro es que con más criterio, al ser supuestamente expertas en el producto que venden), también tienen una desventaja clara: el stock. Ahora, en plena campaña de Navidad y siempre que el producto en cuestión esté dentro del catálogo de las grandes tiendas, lo más seguro es que sea más fácil encontrarlo allí que en una tienda pequeña donde poseen un stock de pocas unidades habitualmente.Las tiendas, a pruebaVeámoslo con un ejemplo: el juego de mesa Los Colonos de Catán. Hemos buscado en distintas tiendas. Por un lado, tenemos a Amazon y El Corte Inglés como tiendas generalistas, a Toysrus y POLY como jugueterías y a Zacatrus y a Más que Oca como tiendas especializadas en la venta de juegos de mesa. AmazonEl Corte InglésToysrusPolyZacatrusMás que Oca¿Lo tienen?*Valoraciones de usuariosCalidad de las valoracionesCompletasPoco completasPoco completas-Muy completasPoco completasDescripciónBreveMuy breveMuy breveNoMuy detalladaMuy detalladaPrecio34,95 euros40,00 euros38,99 euros39,99 euros35,10 euros32,40 eurosGastos de envío3,50 euros5,90 euros5,00 euros7,00 euros4,90 euros8,95 eurosPrecio total38,45 euros45,90 euros43,99 euros46,99 euros40,00 euros41,35 euros* Está en stock pero lo vende un vendedor externo a Amazon.Aunque esto se trata de un ejemplo y a partir de él sería incorrecto generalizar, observamos cómo más o menos los precios finales están bastante parejos. Mientras que las jugueterías especializadas ofrecen, para este artículo, un mejor precio, al final el alto coste de los gastos de envío hace que la cantidad definitiva esté más o menos equiparada a la del resto.De la misma forma, donde destacan las tiendas especializadas es en la descripción del producto. Para este caso en concreto llegan incluso a adjuntar las instrucciones del juego en cuestión. Curiosamente, y pese a que POLY no incluye una descripción de ningún tipo, si que te ofrece la posibilidad de contactar con preguntas directamente sobre ese artículo, algo que el resto no hacen (al menos de manera visible y sin tener que recurrir al contacto genérico).Al final, depende de lo que queramosLa conclusión de todo esto es que… no hay conclusión. Cada persona es un mundo. Algunos preferirán la seguridad de comprar en tiendas conocidas con las que han tratado con anterioridad, aunque el precio pueda ser algo mayor. Otros optarán por las tiendas especializadas, donde el trato puede ser más personalizado. ¿Y tú? ¿Dónde compras los juguetes?
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a Google por tratar indebidamente los datos de sus usuarios, tanto de aquellos que hacen uso activo de sus servicios como de los usuarios pasivos, aquellos que visitan páginas Web que incluyen elementos de Google.La sanción que ha impuesto a la gigante de las búsquedas es de un total de 300.000 euros por cada una de las tres infracciones de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Google también ha sido requerido para cumplir la ley sin dilación alguna.Esta resolución es el fruto de un procedimiento sancionador abierto el pasado 20 de junio con motivo de la nueva política de privacidad implantada por la compañía en marzo de 2012. La sanción impuesta para cada infracción ha sido la máxima en todos los casos para su categoría de sanción (grave, pero no muy grave). Eso sí, no se han considerado todas las infracciones que se vieron al abrirse el procedimiento.Cabe destacar que la Agencia Española de Protección de Datos tiene potestad sancionadora. No se limita a iniciar procedimientos que tienen que pasar por el despacho de un juez, sino que puede imponer directamente una multa, que además puede alcanzar la cuantía de seiscientos mil euros en el caso de las sanciones muy graves.Nuestros compañeros de Tecnología Pyme dedicaron una serie de posts a la AEPD y la LOPD, y el noveno de ellos indica los tipos de sanciones y explica que la agencia tiene potestad sancionadora.¿Qué infracciones ha cometido Google según la AEPD?La AEPD indica que Google «recoge y trata ilegítimamente información personal», vulnerando gravemente el derecho a la protección de su información personal reconocido en el artículo 18 de la Constitución Española. Además, no se informa con claridad de ciertas prácticas realizadas por Google para mostrar información personal.Tal es el caso, por ejemplo, de Gmail. No se informa con claridad a sus usuarios de que hay un robot que filtra sus e-mails para mostrar publicidad contextual, y cuando informa, lo hace siempre con terminología imprecisa del tipo “mejorar la experiencia del usuario”. Como la información no es clara, se considera que es imposible que el usuario de un consentimiento específico e informado.Lo mismo en el caso de la información recogida por la compañía a través de los distintos servicios de la compañía, vulnerando la prohibición de usar los datos para fines distintos a aquellos para los que fueron recogidos. La AEPD dice que «Google se sirve de una tecnología sofisticada que sobrepasa la capacidad de la mayoría de los usuarios para tomar decisiones conscientes sobre el uso de su información personal, perdiendo el control sobre la misma».Como tercera infracción, la AEPD indica que Google obstaculiza o impide el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, obligando a los usuarios a recorrer muchas páginas que no están disponibles para todos los tipos de usuario.
Pedro Cruz Villalón, abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha emitido un informe en el que afirma que la Directiva sobre la conservación de datos es incompatible con la Carta de los Derechos Fundamentales.En opinión del letrado, la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones, es en su conjunto incompatible con el requisito, consagrado por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de que cualquier limitación del ejercicio de un derecho fundamental sea establecida por la ley.Una legislación hostil e incompletaEl informe ha sido emitido a consecuencia de dos litigios. Por un lado, el presentado por Digital Rights Ireland Ltd contra las autoridades de su país, y por otro, el iniciado por un ciudadano austriaco y otros 11.130 firmantes. En ambos casos los demandantes alegan que las legislaciones nacionales respectivas derivadas de la mencionada directiva, son inconstitucionales, tanto en Irlanda como en Austria.La Directiva constituye una injerencia caracterizada en el derecho fundamental de los ciudadanos al respeto de la vida privada, al establecer la obligación de que los proveedores de servicios de comunicaciones telefónicas o electrónicas recaben y conserven los datos de tráfico y localización de dichas comunicaciones.Las conclusiones del jurista no son vinculantes para el Tribunal de Justicia de la UE, que deberá estudiar el documento y pronunciarse al respecto. De hecho, el propio Cruz Villalón propone “suspender los efectos de la declaración de invalidez para que el legislador de la Unión pueda adoptar, en un plazo razonable, las medidas necesarias para subsanar la invalidez declarada”.El informe va más allá del “cómo” se ha producido la limitación de los derechos fundamentales de los europeos en materia de privacidad, señalando el peligro que se pudiera derivar de un tratamiento ilícito de los datos. Estos no son conservados por las autoridades públicas ni están bajo su control directo, ya que los proveedores de servicios de telecomunicaciones, normalmente empresas privadas, son quienes los custodian.La explotación de esos datos puede permitir determinar de manera tan fiel como exhaustiva una parte importante de los comportamientos de una persona pertenecientes estrictamente a su vida privada, o incluso un retrato completo y preciso de su identidad privada. Además, existe un mayor riesgo de que los datos conservados se utilicen con fines ilícitos, potencialmente lesivos para la vida privada o incluso fraudulentos o malintencionados.Cruz Villalón señala, además, que el periodo de conservación de los datos es excesivo (hasta dos años), e incumple el principio de proporcionalidad, aconsejando un año como límite. También que la normativa debería considerar el procedimiento de eliminación de los datos privados cuando haya concluido el periodo de conservación.El tema es delicado y la solución compleja. La Directiva 2006/24/CE ha pretendido armonizar la legislación de los estados miembros en esta materia, cuyo propósito teórico es la lucha contra el terrorismo y la delincuencia en general. El problema es que cada país tiene su propia legislación en materia de seguridad.El informe propone que la Directiva se declare inválida con la salvedad temporal ya expuesta. El letrado no cuestiona la legitimidad del fin de la Directiva (conservación de datos para fines judiciales), sino el procedimiento seguido y las carencias de la misma.Ahora es el alto tribunal el que ha de mover ficha. De seguir el camino marcado por el informe, las autoridades de la UE, así como la legislación de los países que la integran, tendrán que enfocar el asunto de otra manera, de tal forma que no colisione con los derechos reconocidos en la Carta de los Derechos Fundamentales. Puede ser un proceso lento, pero ya se ha marcado el principio.
Cuando hablamos de más seguridad en nuestras cuentas de Internet, solemos hablar de cosas complejas. Autenticación en dos pasos basada en OTP, biometría… Sin embargo, no siempre lo más complejo es lo mejor. A veces, la idea más sencilla puede funcionar perfectamente, y este es el caso de Latch, una aplicación desarrollada por Eleven Paths bajo el paraguas de Telefónica.Latch, como su propio nombre indica, es un pestillo para tus cuentas en Internet. El concepto es simple: como no siempre estamos accediendo a todas nuestras cuentas, ¿por qué dejarlas abiertas para que cualquier con el usuario y contraseña pueda entrar a ellas? Con Latch podemos bloquear las cuentas cuando no las estemos usando, añadiendo así una capa adicional de seguridad.La configuración inicial no es excesivamente complicada. En la aplicación pulsamos el botón de añadir servicio, y se genera un código temporal. Entramos en nuestra cuenta en el servicio que queramos proteger, activamos Latch e introducimos el código que nos da la aplicación. El servicio verificará entonces con los servidores de Latch que el código es correcto, recibirá un código único que identifica esa cuenta, y en tu móvil aparecerá un aviso de “Cuenta protegida”. A partir de entonces podrás bloquearla o desbloquearla sólo con un botón desde tu móvil.Cuando queramos entrar en esa cuenta, esa web verificará que tu usuario y contraseña son correctos, como hace normalmente. Pero además verá que tu cuenta está protegida, así que preguntará al servidor de Latch con el código único de tu cuenta, que responderá si tu cuenta está bloqueada o no. Si no esta bloqueada entrarás normalmente, pero si está bloqueada, no podrás entrar y recibirás un aviso en tu móvil de que ha habido un intento de acceso no autorizado.Esta capa de seguridad adicional nos protegerá en caso de que nuestras contraseñas y cuentas de correo se filtren a un atacante. Y como vimos hace unos días, es algo perfectamente posible. En este sentido la idea base es similar a la de autenticación en dos pasos: usar algo que sólo tú tienes. Pero además tiene la ventaja de que es más cómoda y más fácil de implementar para los servicios.Además, es totalmente anónimo y privado. Los servidores de Latch no tienen en ningún momento los datos de tus cuentas. Sólo mantienen un código aleatorio para cada cuenta: no guardan ni usuario ni contraseña. De la misma forma, los servicios que configures con Latch tampoco tendrán tu número de teléfono.Aparte de la ideas básicas, Latch cuenta con alguna característica adicional. Podemos activar códigos OTP (estilo Google Authenticator) o enviados por push o SMS para entrar en las cuentas, o configurar un modo nocturno para que nuestras cuentas se bloqueen automáticamente por la noche. También podemos establecer el nivel de granularidad en la protección que queramos: por ejemplo, podemos mantener desbloqueada nuestra cuenta del banco pero bloquear las transferencias con Latch.Frente a la autenticación en dos pasos a la que estamos acostumbrados, Latch tiene la ventaja de ser más cómodo y fácil de usar, no requerir códigos de emergencia y tener avisos de intentos de acceso no autorizados. Además, podemos tener la aplicación de Latch en varios dispositivos al mismo tiempo sin problemas, así que perder el móvil no es el fin del mundo. Y por último, no sufre de los problemas de seguridad que tienen las soluciones actuales de autenticación en dos pasos.La aplicación móvil gratuita de Latch estará disponible dentro de unos días en Android, iOS y Windows Phone, y para Blackberry estará en proceso. En cuanto a los proveedores que se integrarán con Latch, están confirmados Tuenti, Acens y algunos servicios internos de Telefónica. En el MWC anunciarán muchas más integraciones, entre las que se encontrarán varios bancos nacionales.La idea de Latch es muy, muy interesante. Aumenta la seguridad sin añadir un montón de pasos complejos, y tiene el potencial para que lo adopten un buen número de servicios (Eleven Paths está desarrollando módulos para integrarlo en minutos en plataformas como Moodle, Django o Wordpress). Eso sí, tendremos que esperar a probarla para ver si es realmente útil y las ventajas que ofrece en cuentas que tengamos permanentemente abiertas, como pueda ser el correo.
Las grandes crisis suelen contribuir a la afloración de buenas ideas, y la que lleva vapuleándonos más de cinco años está siendo, afortunadamente, el «caldo de cultivo» idóneo para muchas startups con propuestas innovadoras. Una de estas pequeñas empresas es Pagobit, y lo que nos ofrece es un procesador de pagos diseñado para trabajar con la moneda digital Bitcoin.El objetivo de esta empresa española es proporcionar a las tiendas físicas, las de «a pie de calle», y también a los comercios on-line, una herramienta que les permita adaptarse fácilmente a esta nueva divisa digital, y, así, permitirles aceptar operaciones con Bitcoin.El dinero recibido mediante los pagos con Bitcoin a través de la plataforma Pagobit será convertido a la moneda local apropiada y depositado mediante una transferencia en la cuenta bancaria del establecimiento. Desde luego, sobre el papel parece una solución sencilla.Aunque Pagobit no es un producto del que podamos disfrutar directamente los consumidores, estas soluciones son siempre bien recibidas debido a que facilitan a los establecimientos la adopción del nuevo método de pago.Y, en última instancia, los beneficiados seremos nosotros, los consumidores, porque podremos disfrutar las ventajas que conlleva Bitcoin (no debemos olvidar que se trata de una tecnología punto a punto que funciona sin la injerencia de una autoridad central) en un mayor número de establecimientos. Por el momento Pagobit solo está disponible en forma de beta privada. Interesante, ¿verdad?Vía | LoogicMás información | Pagobit