429 - Bono Social Térmico
La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (ASSDA) , ha enviado una carta para informar sobre la concesión del Bono Social Térmico a las 250.000 personas potencialmente beneficiarias en Andalucía. En esta comunicación, además del importe de la ayuda, se indica los pasos a seguir para el cobro de la misma y los plazos para realizar el trámite, además, contiene un código QR y un número PIN para ello.
Este trámite se puede realizar escaneando el código QR o accediendo a la dirección web a través de cualquier dispositivo con conexión a internet.
Este trámite se puede realizar escaneando el código QR o accediendo a la dirección web a través de cualquier dispositivo con conexión a internet.
Seguidamente se rellenan los datos requeridos: DNI y código PIN de la carta; comprobamos o introducimos un número de cuenta del que seamos titulares y pulsamos VALIDAR.
Las ayudas varían entre 25 € y 123,94 € y se aplicarán según el grado de vulnerabilidad que la persona beneficiaria tenga recogido en el Bono Social Eléctrico y la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.
Además, se ha habilitado una dirección de correo electrónico para solucionar cualquier duda: bonosocialtermico.assda@juntadeandalucia.es.
Todas aquellas personas que tengan concedido el Bono Social Eléctrico a fecha 31 de diciembre recibirán automáticamente el Bono Social Térmico durante el año siguiente.
Si no se dispone del Bono Social Eléctrico y se quiere solicitar, el/la usuario/a debe dirigirse a la empresa comercializadora de electricidad con la que tenga contratado el suministro de energía eléctrica.
Las ayudas varían entre 25 € y 123,94 € y se aplicarán según el grado de vulnerabilidad que la persona beneficiaria tenga recogido en el Bono Social Eléctrico y la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.
Además, se ha habilitado una dirección de correo electrónico para solucionar cualquier duda: bonosocialtermico.assda@juntadeandalucia.es.
Todas aquellas personas que tengan concedido el Bono Social Eléctrico a fecha 31 de diciembre recibirán automáticamente el Bono Social Térmico durante el año siguiente.
Si no se dispone del Bono Social Eléctrico y se quiere solicitar, el/la usuario/a debe dirigirse a la empresa comercializadora de electricidad con la que tenga contratado el suministro de energía eléctrica.
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Área
E-Administración Calidad de vida
Duración
2 horas
Fecha de inicio
lun, 06 de febrero de 2023
Fecha de finalización
vie, 10 de febrero de 2023
Horario