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PREVENCIÓN DE INCENDIOS. PLAN INFOCA 2013

  A partir del 1 de junio cambia la normativa para la utilización del fuego. Uso del fuego. Obligaciones para los propietarios forestalesProhibición total del uso del fuego y la circulación de vehículos a motor entre el 1 de junio y el 15 de octubre en zonas forestales y zonas de influencia forestal Andalucía por su climatología y características naturales presenta un alto riesgo de incendioforestal, especialmente durante los meses de verano. De manera que cualquier imprudencia puede causar una catástrofe.Ello nos obliga a adoptar medidas que disminuyan las situaciones de riesgo de incendio forestal, y en especial aquellas que conllevan el uso del fuego o la circulación de vehículos a motor por los terrenos forestales y zonas próximas a ellos.Por ello, la Consejería publicó en el BOJA número 102 de 29 de mayo de 2009, la Orden que prohíbe totalmente el uso del fuego (hogueras, barbacoas, quemas agrícolas y forestales, etc.) y la circulación de vehículos a motor desde el 1 de junio al 15 de octubre, en las zonas forestales de la Comunidad Autónoma.Más información y normativa, pinche aquí