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PROGRAMA DE SOLIDARIDAD DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Qué es el Programa de SolidaridadEl Programa de Solidaridad de los Andaluces nació fruto del acuerdo en el Diálogo Social entre la Junta de Andalucía y los Agentes Sociales, procurando poner los medios necesarios para la erradicación de la marginación y la desigualdad en Andalucía.¿Quién puede pedirlo? (artículo 2 del Decreto 2/1999, de 12 de enero)Serán personas beneficiarias del citado Programa las unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:Estar constituidas de forma estable, con un año de antelación, como mínimo, a la fecha de la presentación de la solicitud, salvo en los casos de matrimonio, nacimiento de hijo o adopción, y ruptura familiar suficientemente acreditada.Estar todos sus miembros empadronados como residentes en un mismo domicilio, ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, podrán admitirse excepciones a la residencia continuada cuando estén motivadas por causas de trabajo o análogas, así como por fuerza mayor.Disponer de unos recursos mensuales inferiores a la cuantía del Ingreso Mínimo de Solidaridad, calculada conforme establece el artículo 6.1 del Decreto 2/1999, si bien tomando como referencia el Salario Mínimo Interprofesional vigente en la fecha de presentación de la solicitud.¿Dónde pedirlo?Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.Ayuntamientos de Andalucía. Qué se concede? (artículo 5 del Decreto 2/1999, de 12 de enero)Un Ingreso Mínimo de Solidaridad durante un período máximo de seis meses.Otras medidas:o Itinerarios Profesionales (Consejería de Empleo).o Medidas Educativas (Consejería de Educación).o Acceso a la Vivienda (Consejería de Obras Públicas y Transportes).